Juicio YPF: el amicus curiae de 15 estados de EE.UU. y la premisa equivocada
Quince estados americanos presentaron un escrito ante la Corte Suprema para pedir que revise el fallo a favor de la Argentina. Sin embargo, su argumento central confunde jurisdicción con derecho aplicable, un error que debilita su posición legal.
Quince estados de Estados Unidos presentaron un amicus curiae ante la Corte Suprema de ese país para pedir que revise el fallo que favoreció a la Argentina en el juicio por la expropiación de YPF. La movida genera ruido político y mediático, pero desde lo jurídico parte de una premisa equivocada.
Los estados sostienen que permitir a un país soberano invocar su propia legislación para esquivar las consecuencias de una demanda en EE.UU. debilitaría la Foreign Sovereign Immunities Act (FSIA), la norma federal que regula cuándo un Estado extranjero puede ser demandado allí.
El problema es que la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito (Second Circuit) nunca hizo lo que ellos describen. Lejos de negar jurisdicción, analizó la FSIA, aplicó la excepción por actividad comercial y decidió ejercerla. Una vez dentro del tribunal, evaluó qué derecho correspondía aplicar para resolver el fondo del caso.
Ahí aparece la distinción clave: una cosa es tener jurisdicción (poder demandar) y otra muy distinta es determinar qué ley rige el fondo (choice-of-law). La FSIA abre la puerta del juzgado norteamericano, pero no garantiza que el demandante gane ni que el caso se resuelva necesariamente con derecho estadounidense.
YPF es una sociedad anónima constituida en Argentina bajo leyes locales. Por eso, la Second Circuit entendió que el fondo de la controversia debía resolverse aplicando derecho argentino. Punto final.
Los peticionantes confunden, quizás no de manera inocente, dos planos jurídicos distintos: jurisdicción y derecho aplicable. Esa confusión hace que su argumento sea jurídicamente endeble.
Además, no se puede ignorar que el propio gobierno federal de EE.UU., a través del Departamento de Justicia y del Solicitor General, ya intervino en el litigio con posiciones favorables a la Argentina en materia de inmunidad soberana.
Por eso, lo que realmente importa ahora es si la Corte Suprema decide activar el procedimiento conocido como “Call for the Views of the Solicitor General” y solicita la opinión formal de ese funcionario. Esa opinión, aunque no es vinculante, suele tener mucho peso.
Por ahora, el amicus curiae de los 15 estados suma presión política y ruido mediático. Pero no modifica el punto jurídico central: la Second Circuit no dijo que Argentina estuviera fuera del alcance de los tribunales estadounidenses. Dijo que tener jurisdicción sobre un caso no significa que el fondo deba resolverse aplicando derecho de EE.UU.
Parece una diferencia técnica. No lo es. En litigios de esta magnitud, esa distinción puede valer cientos de millones de dólares para el bolsillo de los contribuyentes argentinos.