La parte de la herencia que ya tiene destinatario antes del testamento
En Argentina, una porción de los bienes se reserva obligatoriamente para los herederos forzosos. Conocé los límites que impone la ley antes de redactar tu testamento.
Al momento de planificar una herencia, el margen de decisión sobre los bienes tiene límites que conviene conocer antes de redactar un testamento.
En la Argentina, el Código Civil y Comercial establece que una parte de los bienes del fallecido se reserva obligatoriamente para determinados familiares. Esta porción se conoce como “legítima” y no puede ser modificada por el testamento. El objetivo es proteger a los herederos forzosos: los hijos (o nietos en representación), el cónyuge y, en algunos casos, los padres.
En números: los descendientes (hijos) tienen derecho al 80% de la herencia como legítima. El cónyuge y los ascendientes (padres) comparten un 50% cuando no hay descendientes. Esto significa que solo el 20% o el 50% restante queda como “porción disponible” para disponer libremente mediante testamento.
Traducido: si tenés un departamento, un auto y ahorros por $100 millones, y dos hijos, al menos $80 millones ya tienen dueño forzoso antes de que firmes una sola hoja. El testamento solo puede decidir sobre los $20 millones restantes y, aun así, con ciertas condiciones.
¿Quiénes son los herederos forzosos?
Los herederos forzosos son aquellos a los que la ley les garantiza una porción independientemente de lo que diga el testamento. En orden de prioridad:
- Hijos y descendientes.
- Cónyuge (o conviviente en unión convivencial inscripta).
- Ascendientes (padres y abuelos) solo cuando no hay descendientes.
Si no hay ninguno de estos, la legítima desaparece y el testador puede disponer del 100% de sus bienes.
Excepciones y matices importantes
La legítima no es intocable en todos los casos. Existen mecanismos como la “mejora” (se puede mejorar la porción de un hijo con discapacidad, por ejemplo) o la posibilidad de desheredar por causales graves previstas en la ley, aunque estas son difíciles de probar y suelen terminar en juicio.
Además, las donaciones en vida se computan dentro de la legítima. Si regalás un inmueble a uno de los hijos años antes de morir, ese bien se trae a colación al momento de dividir la herencia para respetar las porciones de los demás.
Para ponerlo en contexto: muchas familias descubren estas reglas recién cuando se abre la sucesión y aparece un abogado. En un país donde la inflación y la devaluación obligan a mover bienes constantemente, conocer estos límites evita conflictos futuros y gastos judiciales innecesarios.
Qué podés hacer con la porción disponible
Con esa parte libre (20% o 50% según el caso) podés beneficiar a quien quieras: un amigo, una ONG, un hijo en particular o incluso excluir a alguien dentro de lo permitido. También es el espacio para designar legados específicos, como una joya o una suma de dinero.
Los especialistas recomiendan planificar con tiempo y, si es posible, con asesoramiento legal y contable. Un testamento mal redactado o que ignore la legítima suele generar juicios que duran años y reducen considerablemente el valor de la herencia.
Si la tendencia familiar es dejar todo “para después”, el dato clave es que cuanto antes se entienda cómo funciona la legítima, más herramientas tendrás para proteger a quienes realmente querés y evitar que un juez termine decidiendo por vos.