Confirman la suspensión de la Ley 6789 que creaba Justicia Laboral en CABA
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó la medida cautelar que frena la implementación de la Ley 6789 en la Ciudad de Buenos Aires. La norma buscaba transferir competencias laborales al fuero local.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó este miércoles la suspensión cautelar de la Ley 6789 de la Ciudad de Buenos Aires, que habilitaba la creación de un fuero laboral local.
La decisión mantiene en suspenso la transferencia de competencias del fuero nacional del trabajo a la Justicia porteña, tal como había resuelto en primera instancia el juez Roberto Gallardo.
¿Qué dice la ley suspendida? La norma, sancionada por la Legislatura porteña, buscaba que los juicios laborales que involucran a trabajadores y empleadores de CABA se tramiten ante tribunales locales en lugar de los nacionales. Entre otras cosas, creaba nuevos juzgados y cámaras de apelaciones especializadas en materia laboral.
Según sus impulsores, el objetivo era agilizar los procesos y acercar la Justicia al vecino. Sin embargo, generó fuerte resistencia de distintos sectores que argumentaron posibles riesgos para la independencia judicial y la uniformidad de criterios en todo el país.
El fallo de la Cámara Los camaristas ratificaron la medida cautelar al considerar que existen "aparentes" vicios de inconstitucionalidad en la ley. Entre los principales argumentos se menciona que la transferencia de competencias podría afectar derechos adquiridos de los trabajadores y modificar el esquema federal de administración de justicia laboral.
La resolución no entra en el fondo de la cuestión -es decir, no declara la inconstitucionalidad definitiva de la ley-, pero mantiene la suspensión hasta que se resuelva el caso de manera completa.
Impacto para trabajadores y empresas Mientras dure la suspensión, los litigios laborales que surjan en la Ciudad de Buenos Aires seguirán tramitándose en los juzgados nacionales del trabajo. Esto implica que los tiempos, costos y procedimientos se mantienen tal como venían funcionando.
Desde el punto de vista práctico, un empleado que reclama indemnizaciones, aguinaldo o despido injustificado seguirá presentando su demanda ante la Justicia Nacional del Trabajo y no ante un tribunal porteño.
El trasfondo político La Ley 6789 fue uno de los proyectos estrella del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta en materia judicial. Su implementación fue impulsada como una forma de modernizar y descentralizar la administración de Justicia en la Capital Federal.
La decisión de la Cámara llega en un momento de transición política en la Ciudad y genera incertidumbre sobre el futuro de la norma. Fuentes judiciales consultadas indicaron que es probable que el caso termine en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Qué sigue ahora Las partes tendrán la posibilidad de presentar recursos extraordinarios. Mientras tanto, la suspensión se mantiene vigente y la Justicia Nacional del Trabajo continúa siendo la competente para resolver los conflictos laborales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para los trabajadores y empleadores porteños, esto significa que por el momento no habrá cambios en la forma de tramitar sus reclamos. Los plazos procesales, las audiencias de conciliación y las posibles apelaciones seguirán rigiéndose por las normas nacionales vigentes.